- Alexandra Hospedales
- 1 oct 2025
- 2 Min. de lectura
El Tribunal Supremo reconoce el derecho a salarios completos en contratos de relevo irregulares: STS 3751/2025
El Supremo protege los derechos en contratos de relevo fraudulentos
El Tribunal Supremo, en su Sentencia de 22 de julio de 2025 (STS 3751/2025, Sala de lo Social), ha vuelto a pronunciarse sobre una cuestión de enorme importancia en el ámbito laboral: la validez de los contratos de relevo y los derechos salariales asociados cuando se suscriben de forma irregular.
El caso tenía como protagonista a un trabajador que, tras encadenar más de veinte contratos temporales en fraude de ley, había adquirido la condición de indefinido no fijo. Sin embargo, al suscribir un contrato de relevo en 2018, se le aplicó una reducción de jornada del 75%, pasando de una relación indefinida a tiempo completo a un contrato temporal a tiempo parcial.
El trabajador reclamó las diferencias salariales derivadas de esa reducción indebida, argumentando que la empresa estaba obligada a contratarle a jornada completa.
La doctrina del Supremo
El Alto Tribunal recordó que:
El artículo 12.6 del Estatuto de los Trabajadores y la normativa vigente desde el Real Decreto-Ley 5/2013 obligan a que, cuando la reducción del jubilado parcial alcanza el 75%, el contrato de relevo debe ser indefinido y a jornada completa.
Pasar de un contrato indefinido no fijo a un contrato temporal a tiempo parcial es una práctica prohibida y supone una renuncia a derechos básicos (art. 3.5 ET).
En consecuencia, el trabajador tiene derecho a percibir el salario correspondiente a la jornada completa, ya que la reducción impuesta fue contraria a la ley.
La Sala aplicó el artículo 30 ET (“imposibilidad de la prestación por causa imputable al empresario”) para justificar que el trabajador conserve el derecho a los salarios dejados de percibir, estimando la reclamación de más de 7.200 euros en diferencias salariales.
Impacto práctico para empresas y trabajadores
Este pronunciamiento tiene un fuerte impacto en la práctica laboral:
Empresas: deben extremar el cuidado en la formalización de los contratos de relevo. Un error puede derivar en condenas salariales y en la declaración de fraude de ley.
Trabajadores: la sentencia refuerza su protección frente a reducciones injustificadas de jornada y confirma que no pueden perder derechos adquiridos por maniobras contractuales.
Despachos y asesores laborales: la sentencia ofrece una base jurisprudencial sólida para reclamar diferencias salariales en casos de contratos de relevo irregulares.
La STS 3751/2025 marca un hito: un trabajador indefinido no fijo no puede ser convertido en temporal parcial mediante un contrato de relevo irregular. Este tipo de transformaciones son nulas y abren la puerta a reclamaciones salariales importantes.
En Grupo AH ayudamos a empresas, autónomos y trabajadores a anticipar riesgos y garantizar la validez de sus relaciones laborales. Porque un contrato mal planteado no solo afecta al presente, sino que puede comprometer el futuro económico y legal de ambas partes.




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